{"id":1791,"date":"2021-05-20T11:44:02","date_gmt":"2021-05-20T11:44:02","guid":{"rendered":"http:\/\/sfaltea.com\/socios\/"},"modified":"2022-04-27T06:51:30","modified_gmt":"2022-04-27T06:51:30","slug":"socios","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/socios\/","title":{"rendered":"Socios"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-group\"><div class=\"wp-block-group__inner-container\">\n<div class=\"wp-block-columns\">\n<div class=\"wp-block-column\">\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><a href=\"https:\/\/eu.jotform.com\/72406155900349\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/user.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-163\" width=\"260\" height=\"260\" srcset=\"https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/user.png 512w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/user-300x300.png 300w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/user-150x150.png 150w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/user-100x100.png 100w\" sizes=\"(max-width: 260px) 100vw, 260px\" \/><\/a><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\" style=\"font-size:18px\"><a href=\"https:\/\/eu.jotform.com\/72406155900349\" data-type=\"URL\" data-id=\"https:\/\/eu.jotform.com\/72406155900349\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">SOLICITUD ON-LINE DE ALTA COMO SOCIO DE LA SFA<\/a><\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column\">\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><a href=\"http:\/\/www.alteacultural.es\/fckupload\/Socis(Fitxa).pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/userrellenar.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-164\" width=\"264\" height=\"264\" srcset=\"https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/userrellenar.png 512w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/userrellenar-300x300.png 300w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/userrellenar-150x150.png 150w, https:\/\/www.sfaltea.com\/wp-content\/uploads\/2021\/05\/userrellenar-100x100.png 100w\" sizes=\"(max-width: 264px) 100vw, 264px\" \/><\/a><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\" style=\"font-size:18px\"><a href=\"http:\/\/www.alteacultural.es\/fckupload\/Socis(Fitxa).pdf\" data-type=\"URL\" data-id=\"http:\/\/www.alteacultural.es\/fckupload\/Socis(Fitxa).pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">SOLICITUD DE ALTA <\/a>(PDF) Para entregar en oficinas o email<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p><strong>COMO ACCEDER, CLASES, DERECHOS, DEBERES Y P\u00c9RDIDA DE LA CONDICI\u00d3N DE SOCIO DE LA SFA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><em>COMO ACCEDER A SER SOCIO<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Podr\u00e1n ser miembros de la asociaci\u00f3n S.F.A. las personas mayores de edad con capacidad legal de obrar, que tengan inter\u00e9s en servir los fines de la misma, as\u00ed como los minusv\u00e1lidos ps\u00edquicos que no puedan gobernarse por s\u00ed mismos y los menores de edad, autorizados y\/o asistidos mediante sus representantes legales, quienes tendr\u00e1n los derechos previstos por la ley.La solicitud de acceso podr\u00e1 presentarse en cualquier momento del a\u00f1o. No obstante ello, carecer\u00e1n de derecho al voto los socios cuya petici\u00f3n de ingreso haya sido presentada tres meses antes de la fecha de la Asamblea General Ordinaria anual ni de las extraordinarias que pudieren convocarse en ese periodo. Tales socios adquirir\u00e1n plenos derechos al siguiente d\u00eda de celebrada la Asamblea General Ordinaria anual.Deber\u00e1n presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva, y \u00e9sta resolver\u00e1 en la primera reuni\u00f3n que celebre; si el solicitante se ajusta a las condiciones exigidas en los Estatutos y Reglamento, la Junta Directiva no le podr\u00e1 denegar la admisi\u00f3n.El acuerdo de denegaci\u00f3n podr\u00e1 ser impugnado ante la jurisdicci\u00f3n civil del partido judicial al que pertenezca la asociaci\u00f3n, en funci\u00f3n de su domicilio social. La impugnaci\u00f3n podr\u00e1 interponerla cualquier socio o persona que acredite un inter\u00e9s leg\u00edtimo, si lo estimase contrario al ordenamiento jur\u00eddico, y por los tr\u00e1mites del juicio ordinario previstos en la actual Ley de Enjuiciamiento Civil o por el que ulteriormente corresponda.No se adquiere la condici\u00f3n de socio mientras no se satisfaga la cuota establecida de la anualidad correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p><em>CLASES DE SOCIOS<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Los socios se clasifican en cinco modalidades:<br>a) de honor<br>b) protector<br>c) de n\u00famero<br>d) artistas<br>e) juveniles<\/p>\n\n\n\n<p>Todos ellos sujetos al principio de igualdad, sin discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n de edad, raza, sexo, religi\u00f3n, ideolog\u00eda o de cualquier otra circunstancia personal o social, salvo lo reglado en el p\u00e1rrafo primero del art\u00edculo anterior para el derecho a voto y acceso a cargos directivos.<\/p>\n\n\n\n<p>A) Son o ser\u00e1n Socios de Honor los propuestos por la Junta Directiva de la asociaci\u00f3n S.F.A. a la Asamblea General, y aceptados por \u00e9sta, de entre aquellas personas o entidades que, ostentando o n\u00f3, la condici\u00f3n de miembros de la misma, hayan contribuido a potenciar la cultura art\u00edstico-musical en general o de la S.F.A. en particular.Si el nombramiento de socio de honor recayere en entidades o corporaciones, la representaci\u00f3n de las mismas la ostentar\u00e1 una sola persona, representante legal de la entidad o corporaci\u00f3n de que se trate, designado expresamente para tal fin por la misma.<\/p>\n\n\n\n<p>B) Son o ser\u00e1n socios protectores, los nombrados como tales por la Junta Directiva, abonen las cuotas correspondientes establecidas o que se establezcan para esta clase de socios y que, adem\u00e1s, contribuyan materialmente al engrandecimiento de la asociaci\u00f3n S.F.A. y los poseedores de t\u00edtulos sociales.<\/p>\n\n\n\n<p>C) Son o ser\u00e1n socios de n\u00famero los mayores de edad, los mayores de dieciocho a\u00f1os minusv\u00e1lidos ps\u00edquicos que no puedan gobernarse por s\u00ed mismos, debidamente autorizados y representados por sus padres o legales representantes, que satisfagan las cuotas de entrada y anuales, fijadas por la Junta Directiva y aprobadas por la Asamblea General.Constar\u00e1n numerados en un libro registro de socios, por riguroso orden de antig\u00fcedad.<\/p>\n\n\n\n<p>D) Son o ser\u00e1n socios artistas, los m\u00fasicos instrumentistas o vocalistas, que integran o integren las distintas formaciones o agrupaciones art\u00edsticas-culturales de la asociaci\u00f3n S.F.A.<\/p>\n\n\n\n<p>E) Son o ser\u00e1n socios juveniles, los menores de edad, que satisfagan las cuotas de entrada y anuales, asignadas por la Junta Directiva y aprobadas por la Asamblea General.Los socios juveniles no tendr\u00e1n voto ni podr\u00e1n acceder a los cargos directivos hasta que alcancen las mayor\u00eda de edad y tengan plena capacidad de obrar.Los socios de honor no podr\u00e1n ser electores ni elegibles. Respecto a los de n\u00famero mayores de dieciocho a\u00f1os pero incapacitados ps\u00edquicos por resoluci\u00f3n judicial, se estar\u00e1 a lo dispuesto en dicha resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><em>DERECHOS DE LOS SOCIOS<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Los derechos que corresponden a los miembros de la Asociaci\u00f3n S.F.A., mayores de edad, con las limitaciones que les han sido impuestas a los socios morosos y a los expresados en los dos \u00faltimos p\u00e1rrafos del art\u00edculo 7, son los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ol><li>Asistir a las reuniones de la Asamblea General y ejercer el derecho de voz y voto.<\/li><li>Elegir y\/o ser elegidos para puestos de representaci\u00f3n o ejercicios de cargos directivos.<\/li><li>Ejercer la representaci\u00f3n que se le confiera en cada caso.<\/li><li>Intervernir y participar en el gobierno y en las gestiones, como tambi\u00e9n en los servicios y actividades de la asociaci\u00f3n, de acuerdo con las normas legales y estatutarias y particularmente hacer cumplir los fines u objeto sociales.<\/li><li>Exponer en la Asamblea y en la Junta Directiva todo lo que considere que puede contribuir a hacer m\u00e1s eficaz la realizaci\u00f3n de los objetivos sociales b\u00e1sicos.<\/li><li>Solicitar y obtener explicaciones y cuentas sobre la administraci\u00f3n y gesti\u00f3n de la Junta Directiva o de los mandatarios de la asociaci\u00f3n y recibir informaci\u00f3n de la Junta Directiva acerca de las actividades y gestiones de la asociaci\u00f3n.<\/li><li>Hacer uso de los bienes y servicios comunes que est\u00e9n a disposici\u00f3n de la asociaci\u00f3n, en los t\u00e9rminos acordados por la Junta Directiva.<\/li><li>Formar parte de los grupos de trabajo, de las escuelas de educandos y asistir a los actos culturales y recreativos que se organicen, observando las normas y los requisitos que se establezcan, en cada caso concreto, por la Junta Directiva.<\/li><li>Transferir su cuota de entrada o las aportaciones condicionales a uno de sus causahabientes, el causar baja mortis causa, salvo que se hallare afecto a sanci\u00f3n disciplinaria o hubiere incurrido en morosidad.<\/li><li>Hacer uso de las instalaciones sociales y recreativas, con sujeci\u00f3n a sus reglamentos y a lo dispuesto por la Junta Directiva.<\/li><li>A ser oido con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias abiertas en su contra y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanci\u00f3n.<\/li><li>A impugnar los acuerdos de los \u00f3rganos de la asociaci\u00f3n, que estime contrarios a la ley y a los Estatutos.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p><em>DEBERES DE LOS SOCIOS<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Son deberes de los miembros de la Asociaci\u00f3n S.F.A.:<\/p>\n\n\n\n<ol><li>Ajustar su actuaci\u00f3n a las normas estatutarias y reglamentos.<\/li><li>Cumplir los acuerdos v\u00e1lidamente adoptados por la Asamblea General y las normas que establezca la Junta Directiva para llevar a cabo los acuerdos.<\/li><li>Satisfacer puntualmente las cuotas de entrada y las aportaciones condicionales, las cuotas ordinarias, as\u00ed como las derramas extraordinarias que se establezcan.<\/li><li>Prestar la colaboraci\u00f3n necesaria y comprometerse al buen funcionamiento de la asociaci\u00f3n.<\/li><li>Defender y fomentar los intereses de la asociaci\u00f3n S.F.A., comunicando a la Junta Directiva las deficiencias y anomal\u00edas que detecten en instalaciones, mobiliario o personal de la asociaci\u00f3n y cooperar en la realizaci\u00f3n de los fines sociales para el mayor prestigio y engrandecimiento de la misma.<\/li><li>Desempe\u00f1ar con fidelidad las obligaciones de los cargos para los que han sido elegidos y acepten.<\/li><li>Notificar a la Junta Directiva los cambios de domicilio personal y domiciliaci\u00f3n bancaria de los pagos de cuotas y derramas, a los efectos de facilitar la correcta correspondencia.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p><em>SEPARACI\u00d3N VOLUNTARIA Y P\u00c9RDIDA DE LA CONDICI\u00d3N DE SOCIOS<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Son causa de baja en la asociaci\u00f3n S.F.A.:<\/p>\n\n\n\n<ol><li>La propia voluntad del interesado, ejercida en cualquier tiempo y comunicada por escrito a la Junta Directiva.En tal caso, los asociados que hubieren realizado una aportaci\u00f3n patrimonial percibir\u00e1n como m\u00e1ximo tal aportaci\u00f3n, sin incluir las cuotas de pertenencia que hubieren abonado a la asociaci\u00f3n. Ello se entiende siempre que la reducci\u00f3n patrimonial no implique perjuicios a terceros y que los asociados hubiesen hecho constar al hacer las mismas su car\u00e1cter condicional.<\/li><li>No satisfacer las cuotas ordinarias y derramas extraordinarias, fijadas para el periodo de un a\u00f1o.Si los socios fueren de n\u00famero y\/o protector y, a su vez, titular o cotitular de cuota de entrada, aportaci\u00f3n condicional y\/o t\u00edtulo participativo sobre bienes, el impago de las cuotas o derramas anuales dar\u00e1 lugar a su embargo autom\u00e1tico.La Junta directiva notificar\u00e1 por escrito a los socios de n\u00famero y\/o protector que hubiesen incurrido en morosidad o a sus padres o legal representante, en caso que fuere menor de dieciocho a\u00f1os o incapacitado ps\u00edquico por resoluci\u00f3n judicial, la irregular situaci\u00f3n de impago y le conceder\u00e1 un plazo de treinta d\u00edas naturales para regularizarla. Transcurrido el plazo sin que los socios morosos hubieren satisfecho la cuota ordinaria anual y\/o cualquier pago de la extraordinaria, se proceder\u00e1 a su embargo, con cese cautelar de los derechos de socio hasta su ratificaci\u00f3n por la siguiente Asamblea General, bien ordinaria bien extraordinaria, que aprobar\u00e1, en su caso, la baja definitiva de los socios. Ratificada la baja, la asociaci\u00f3n podr\u00e1 disponer de la cuota de entrada de los socios de n\u00famero y\/o protector y venderla a un tercero, ingresando su importe en la caja.Cualquier otra modalidad de socios no precisar\u00e1 del tr\u00e1mite de embargo y ser\u00e1 objeto de baja por acuerdo de la Junta Directiva, con el anterior requisito de plazo extraordinario para el pago. Incumplido \u00e9ste, la baja ser\u00e1 autom\u00e1tica y notificada a la siguiente Asamblea general.<\/li><li>No cumplir las obligaciones estatutarias o reglamentarias, o hacer mal uso de sus derechos como socios.<\/li><li>Mediante la transferencia de su cuota de entrada, debidamente notificada por escrito a la Junta Directiva, sin que en el acto de la transferencia pudieren los socios hallarse en situaci\u00f3n de morosidad por cuota ordinaria o derrama extraordinaria.<\/li><li>Por sanci\u00f3n disciplinaria y previo expediente regulado bajo los principios de presunci\u00f3n de inocencia, inmediaci\u00f3n, audiencia y contradicci\u00f3n.<\/li><\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>SOLICITUD ON-LINE DE ALTA COMO SOCIO DE LA SFA SOLICITUD DE ALTA (PDF) Para entregar en oficinas o email COMO ACCEDER, CLASES, DERECHOS, DEBERES Y P\u00c9RDIDA DE LA CONDICI\u00d3N DE &#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"template-layout-full-width.php","meta":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1791"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1791"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1791\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1841,"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/1791\/revisions\/1841"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sfaltea.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1791"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}